29 abril, 2024
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La clave de la que depende el Pissarro del Thyssen: aplicar la ley española o la californiana

Dos décadas de guerra legal sobre la propiedad de ‘Rue Saint Honoré, après midi. Effet de pluie’, un paisaje urbano de Camille Pissaro de un París barnizado por la lluvia, no han conseguido ni siquiera esclarecer lo más esencial: ¿qué legislación debe aplicarse para decidir la pertenencia del cuadro? Se lo disputan el Museo Nacional Thyssen-Bornemisza y los herederos de Lilly Cassirer, la hija de un coleccionista judío a la que se lo arrebataron los nazis. Esta semana se vieron las caras, a través de sus abogados, delante del árbitro judicial definitivo en EE.UU., donde residía el heredero de Cassirer que inició la reclamación: el Tribunal Supremo.

 cuestión simple y farragosa al mismo tiempo: ¿debe tratarse el caso desde la jurisdicción federal –es decir, nacional de EE.UU.– o desde la estatal de California, donde se jubiló Claude Cassirer e interpuso su reclamación?

El asunto tiene una importancia decisiva: podría definir si la legislación que se usa para determinar el fondo de la cuestión –quién es el propietario legítimo del cuadro– es la española o la californiana.

La ley española contempla la figura de la usucapión, que otorga la propiedad por la posesión pública y pacífica de un bien mueble después de seis años. En California, los bienes robados no pueden ser traspasados de manera legítima en ningún caso, incluso cuando el comprador los adquiere de buena fe.

Esas son las circunstancias de la transmisión del cuadro, para las que hay que remontarse hasta finales del siglo XIX. Pissarro pintó su deliciosa tarde de lluvia en 1897, que fue adquirida por el coleccionista judío Paul Cassirer en 1900. Su hija Lilly heredó el cuadro en 1926. Con la llegada de los nazis a París, la pintura fue su salvoconducto para escapar: los nazis le forzaron a venderlo por 360 dólares de la época –un dinero al que nunca tuvo acceso– para poder marchar. Ella sobrevivió al Holocausto y, con otros familiares, acabó en EE.UU. Del cuadro nunca más se supo. Se creyó perdido o destruido durante la guerra. Lilly reclamó una indemnización por ello ante la justicia estadounidense, que la consideró propietaria de la obra, y recibió una compensación de 13.000 dólares en 1958 por parte del Gobierno alemán.

Aquello parecía el punto y final de la relación de la familia Cassirer con el Pissarro. Pero un nieto de Lilly, Claude, lo localizó en el Thyssen en una visita en 1999. No se había perdido ni destruido. Había dado vueltas por galerías estadounidenses desde los años cincuenta, hasta que el barón Han Heinrich von Thyssen-Bornemisza lo compró en 1976. En 1993, la pintura entró dentro de la colección que compraron el museo y el Gobierno español al industrial alemán. Claude, que recordaba verlo en París en su infancia, lo reclamó por vía judicial.

El demandante falleció hace unos años, pero sus herederos han seguido adelante con la reclamación. Tienen de su lado a David Boies, un ‘superabogado’ neoyorquino, con amplia experiencia en litigios ante el Supremo –por ejemplo, defendió al candidato Al Gore en la batalla judicial con George Bush por el resultado de las presidenciales de 2000– y con gran historial en juicios célebres (ahora mismo, representa a Virginia Giuffre, la mujer que ha puesto contra la pared al príncipe Andrés con acusaciones de abusos sexuales).

Ante los magistrados, Boies centró su reclamación en la cláusula 1606 de la Ley de Inmunidades Extranjeras Soberanas (FSIA, en sus siglas en inglés), que establece que los estados no son inmunes en caso de «violación de una ley internacional» en la adquisición de una propiedad, que en esos casos los estados son tratados ante la justicia «igual que los individuos privados» y que la jurisprudencia establece que, en esas circunstancias, el asunto debe ventilarse por la legislación del estado desde el que se reclama, es decir, California. Preguntado por el juez Samuel Alito si la consideración de la cláusula 1606 no debería tomarse después de decidirse qué jurisdicción se aplica, Boies respondió que eso «no permitiría confrontar al estado de la misma manera y con las mismas repercusiones» que si se tratara de un individuo, como busca la ley.

Por parte del Thyssen argumentó el abogado Thaddeus Stauber. Defendió que FSIA no establece que sea la jurisdicción estatal la que aplique en estos casos y que el espíritu de la ley era «asegurar un tratamiento justo y uniforme con independencia de donde sea la reclamación en EE.UU.», por lo que debería usarse la jurisdicción federal (que, en su interés, determinaría que el fondo de la cuestión se decide por la legislación española). De lo contrario, explicó, los resultados podría ser diferentes para casos que vengan de Ohio, Nueva York o Michigan. «¡Bienvenido a EE.UU.!, replicó el presidente del tribunal, John Roberts, en referencia a la configuración constitucional del país. Fue uno de los latigazos que se llevó la defensa del Thyssen. «No entiendo cómo el estado soberano tiene el mismo tratamiento que un individuo privado si se aplica de forma diferente el principio de elección de ley», replicó el juez Clarence Thomas. «Esto parece que trata al estado extranjero de manera opuesta a lo que impone la cláusula 1606», ahondó su compañera Elena Kagan frente a las posiciones de Stauber. «Su visión parece más complicada. Al menos la de su oponente es simple», criticó Stephen Breyer.

Esas intervenciones y la mayor amabilidad de los magistrados con las posiciones de Boies podrían ser una indicación de por dónde irá la decisión del tribunal. Pero nada está dicho hasta que el Supremo emita su sentencia, algo que tardará meses en producirse.

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